Atisbos analíticos No 261, 20 julio de 2017, Humberto Vélez R,
Redunipaz Nodo del sur occidente colombiano, miembro de incopaz, Instituto colombiano de y para la Paz, Cali-Colombia. humbertovelezr@gmail.com
Celular: 3005047762-Armenia (Quindío) Colombia
Docente Investigador, profesor HONORARIO de la Universidad del
Valle
Consultor y Asesor de Programas de transformación de Conflictos
Pero,
en este país que, de modo leguleyo, se solaza sacralizando el derecho, no nos podemos dejar enredar por un asunto sobre el que el lenguaje de la propia
Constitución del 91 es limitado pues deja la impresión de que Estado sólo es lo
que se refiere al Ejecutivo Central y a sus Instancias Superiores como si las
Regiones y Municipios no hiciesen parte
íntima de su estructura y funcionamiento. Esto en realidad de verdad, en la
práctica, ha sido coherente con un
Estado que, más bien poco, y en muchos casos casi nada, ha funcionado como
Estado Regional o como Estado Municipal.
Ha sido por eso por lo que se ha instituido que a los Municipios les compete el
manejo del uso del suelo y al Estado, el Central o Único, el manejo del uso del
subsuelo cuando, en lo politológico-jurídico-antropológico, tanto
lo nacional como lo regional
y lo
municipal se refieren a un único Estado en distintos niveles de presencia y de
acción territorial.
Ha sido esa poco clara distinción jurídica entre el suelo-subsuelo y las instancias para su manejo, la que más ha enredado el debate sobre las Consultas Populares.
Ha sido esa poco clara distinción jurídica entre el suelo-subsuelo y las instancias para su manejo, la que más ha enredado el debate sobre las Consultas Populares.
Más allá de lo que señalen las
Máximas Instancias Judiciales, las Cortes y Consejos Superiores, el anterior constituye un marco
funcional para proporcionarle inteligencia al asunto del carácter
vinculante de las Consultas Populares. Para comenzar, el art 103 de la
Constitución Política de Colombia
consagra la Consulta Popular entre los mecanismos de participación del
pueblo en ejercicio de su soberanía, precisando que La Ley los reglamentará y
añade,
“El estado contribuirá a la organización, promoción y
capacitación de las asociaciones profesionales, cívicas, sindicales,
comunitarias…con el objeto de que constituyan mecanismos democráticos de representación en las diferentes
instancias de participación, concertación, control y vigilancia de la gestión pública, que se
establezcan”.
Se hace claro así que la Gestión
Pública se realiza tanto el nivel
Central del Estado como en sus niveles
Regionales y Locales?
Ya constitucionalizadas
en el artículo 103, las Consultas Populares han encontrado su soporte legal más
importante en la Sentencia T445 del 2016
de la Corte Constitucional siendo, a su turno, reglamentadas por la Leyes 134 de 1994 y 1757
del 2015. Ambas leyes asumen la misma definición de la Consulta popular
como
“la institución mediante la cual una pregunta de carácter
general de trascendencia nacional o territorial
es sometida por el Presidente, el
Gobernador o el Alcalde a consideración del pueblo para que éste se pronuncie”.
Pero, la iniciativa
también puede provenir de la ciudadanía
“atendiendo al procedimiento general establecido” siendo esto lo que ha
sucedido en las últimas 7 Consultas cuya definición ha sido resultado de un acuerdo entre los Alcaldes,
los Consejos Municipales y las Ciudadanías locales. Por otra parte, el objeto
de las Consultas ha sido taxativo: o asuntos de paz o de medio ambiente o de
Empresas Públicas o ligados a la
creación de municipios, así como a la exploración sísmica y a la
perforación, exploración, explotación y transporte de hidrocarburos. Ha sido
así como se han construido los otros soportes jurídicos de las Consultas Populares,
En la Sentencia T445 del 016 se falla: “Los Entes territoriales
poseen la competencia para regular el
uso del suelo y garantizar la protección del medio ambiente, incluso
si al ejercer dicha prerrogativa terminan prohibiendo la actividad
minera”, que ha generado “importantes afectaciones a los derechos de
los campesinos y comunidades agrarias de nuestro país”. Por su parte, en su
artículo 8 ley 134 de 1994, en la relación con las Consultas Populares,
precisa, “en todos los casos, la decisión del pueblo es obligatoria”. Y la
ley 136 del mismo año, reza así: “Cuando
el desarrollo de proyectos de naturaleza turística o minera o de otro tipo
amenace con crear un cambio
significativo en el uso del suelo, que dé lugar a una transformación de las actividades tradicionales del municipio, se deberá realizar una Consulta Popular”. A su vez la ley 1757 del 2015 señala: Es vinculante “la Consulta sometida al pueblo que haya obtenido el voto afirmativo de la mitad más uno de los sufragios válidos, siempre y cuando haya participado no menos de la tercera parte de los electores del respectivo censo electoral”, condiciones cumplidas, algunas con holgura, en las últimas siete Consultas Populares. Por otra parte, a favor del carácter vinculante de estas consultas se ha pronunciado, con sólidos argumentos analíticos, la academia de Universidades como el Rosario y la Nacional de Bogotá.[1]
significativo en el uso del suelo, que dé lugar a una transformación de las actividades tradicionales del municipio, se deberá realizar una Consulta Popular”. A su vez la ley 1757 del 2015 señala: Es vinculante “la Consulta sometida al pueblo que haya obtenido el voto afirmativo de la mitad más uno de los sufragios válidos, siempre y cuando haya participado no menos de la tercera parte de los electores del respectivo censo electoral”, condiciones cumplidas, algunas con holgura, en las últimas siete Consultas Populares. Por otra parte, a favor del carácter vinculante de estas consultas se ha pronunciado, con sólidos argumentos analíticos, la academia de Universidades como el Rosario y la Nacional de Bogotá.[1]
Por lo tanto, por razones constitucionales, legales y
jurisprudenciales los resultados de las Consultas Populares son obligatorios y, por lo
tanto, vinculantes y, en consecuencia, con mucho pesar por los proyectos,
algunos con ciertos beneficios, y las empresas, algunas que no todas,
arrastradas por el afán de ganancia, su accionar ha quedado en entredicho.
Se ha gestado así, una aguda tensión y un grave
impase entre dos ejes de la Acción del Estado, el central y el municipal, las Comunidades locales y las
Empresas afectadas. La situación actual se ha tornado más dificultosa dado lo
que señalamos desde un principio de este Ensayo: Como la
aplicación de los principios que en el corto, mediano y largo plazo, deben
inspirar y regular el manejo del medio
ambiente y de las reservas de aguas, es casi inviable en Estados cuyos Modelos socioeconómicos constituyen una
u otra versión de extractivismo crudo, como es el caso de la Colombia actual, lo más sano y pedagógico sería declarar
de entrada que no es que en la economía no deba haber un sector
económico de extracción minera y de hidrocarburos, pero que el Modelo en si, como
orientador y ordenador central de la vida social, es éticamente condenable y técnicamente perverso.
Ese es el contexto real desde el
cual se debe partir , el de un Estado
con un modelo extractivista ya instalado, difícilmente desmontable en el
corto y mediano plazo en una sociedad en la que hasta muchos liberales socialdemócratas de modo espontáneo
piensan, sienten y practican de modo neoliberal. De todas maneras, urge
encontrar unas salidas de carácter consensuado, pues ya están haciendo fila más de 40 municipios con las banderas de la Consulta elevadas- 25
para preguntar sobre proyectos mineros , 16 sobre problemas petroleros y 3 sobre programas energéticos- siendo los
más próximos Paujil y Marmato. Por otra parte, las Empresas castigadas por los
resultados de las Consultas han sentido afectadas su seguridad jurídica y por eso se ha dicho que el Gobierno de
Santos, a través del Ministerio del Interior, presentará un Proyecto de Ley
para re-regular las Consultas. Lo más sano sería que los Estados Central y
Municipal y los Consejos Municipales
implicados entraran a reestudiar las condiciones y circunstancias y consecuencias y modos prácticos de operación de las empresas ya en acción, pero esto debe hacerse con la más activa participación de las Comunidades Locales ya consultadas en procura de levantar una nueva ley estatutaria de las Consultas Populares que, a partir de lo substancial de las leyes 134 de 1994 y 1757 de 2015, precise y delimite lo que sería una Estrategia, a corto, mediano y largo plazo, orientada a exigir, de modo progresivo, las incorporación de métodos, tecnologías y substancias alternativas más limpias – o, a lo mejor, meno sucias- con cada día menos riegos ambientales.
[1]
.Perez Amaya, Natalia, “LAS CONSULTAS
POPULARES DEBEN CUMLIRSE: U. DEL ROSARIO SOBRE PIJAO Y ARBELÁEZ”, www.elespectador.com, 10 julio 2017; ”LAS CONSULTAS POPULARES SÍ SON VINCULANTES”. www.unperiodico.unal.edu.co.
implicados entraran a reestudiar las condiciones y circunstancias y consecuencias y modos prácticos de operación de las empresas ya en acción, pero esto debe hacerse con la más activa participación de las Comunidades Locales ya consultadas en procura de levantar una nueva ley estatutaria de las Consultas Populares que, a partir de lo substancial de las leyes 134 de 1994 y 1757 de 2015, precise y delimite lo que sería una Estrategia, a corto, mediano y largo plazo, orientada a exigir, de modo progresivo, las incorporación de métodos, tecnologías y substancias alternativas más limpias – o, a lo mejor, meno sucias- con cada día menos riegos ambientales.
En este momento de la reflexión, importa poner sobre el mtapete
la pregunta que tantos se vienen haciendo, ¿puede o no puede la minería, en sus
distintas modalidades, ser limpia para el ambiente y se puede llevar adelante
sin riesgos ambientales?
Si se considera lo que ha venido sucediendo,
“Las tecnologías que
permiten la explotación de yacimientos son altamente contaminantes y
destructivas. La minería demanda enormes cantidades de agua que, de modo
continuo, contamina con químicos como el cianuro. El drenaje ácido y otras formas de contaminación son efectos
comprobados que a veces comienzan cuando ya se retiró la empresa y se cerró la
mina. En promedio se extrae un 0.51% de
cobre de la roca y un 0.0001% en el caso del oro. Por cada onza de oro producida
se genera un promedio de 70 toneladas de deshecho”. Es esto lo que ha escrito
Jennifer Moore agregando que sobre la explotación minera se ha generado un
mito: que ésta puede ser limpia, no contaminante y sin riegos ambientales.[2]
Por otra parte, han precisado muchos, el drenaje puede durar cientos de años
siendo particularmente grave cuando la explotación minera está ubicada en zonas de nacimiento de agua o
en la cabecera de las cuencas; como para recordar que en una mina mediana para
explotar el cobre se utilizan entre 10 y
30 mil litros de agua por día, agua que
en las Concesiones no se le cobran a las Empresas, cobro que, en nuestra
opinión, habría que empezar a cobrárseles
para empezar a hacer menos tortuosa la situación…
lo reiteramos, si se considera lo que está sucediendo, cuya
puntica nos muestra la anterior descripción, una persona responsable no puede
hacer sino lo que en los últimos meses
ha sucedido en Colombia en 7 de sus
municipios, decirle un rotundo No a la minería. Sin embargo, en varias partes
del mundo se han empezado a buscar métodos alternativos, como por ejemplo, ha
sucedido en algunas localidades de México[3]
donde no se otorga la Certificación Ambiental para la explotación minera si no
se prueba que se ha renunciado a la
explotación tradicional con otros métodos y, sobre todo, al empleo del mercurio
y del cianuro. También, de modo
tajante, se debe prohibir la
explotación minera en zonas urbanas y suburbanas, así como en las cabeceras de las Cuencas hidrográficas, en los sitios de nacimiento de aguas y en las zonas por donde pasan los ríos y quebradas que proporcionan el preciso líquido a los habitantes de los Municipios y Corregimientos. La nueva Ley también debería contemplar, más allá de las regalías, una disposición orientada a gravar a las Empresas Mineras con una importante suma anual orientada a financiar, en primer lugar, la REMEDIACIÓN AMBIENTAL, así como los “Consejos Acuíferos Municipales” que, entre sus funciones, tendrían, la de hacerle Veeduría permanente a las Empresas activas que en cada municipio explotan minas e hidrocarburos.
explotación minera en zonas urbanas y suburbanas, así como en las cabeceras de las Cuencas hidrográficas, en los sitios de nacimiento de aguas y en las zonas por donde pasan los ríos y quebradas que proporcionan el preciso líquido a los habitantes de los Municipios y Corregimientos. La nueva Ley también debería contemplar, más allá de las regalías, una disposición orientada a gravar a las Empresas Mineras con una importante suma anual orientada a financiar, en primer lugar, la REMEDIACIÓN AMBIENTAL, así como los “Consejos Acuíferos Municipales” que, entre sus funciones, tendrían, la de hacerle Veeduría permanente a las Empresas activas que en cada municipio explotan minas e hidrocarburos.
No olvidar, por otra parte, que en Canadá una Empresa, la
Compañía Genovus, está extrayendo
petróleo sin afectar el medio ambiente: En vez de talar bosques para cavar la
mezcla de petróleo y tierra, inyecta vapor
para derretir y extraer el combustible.[4]
No es que todo esto nos vaya a llegar de la noche a la mañana,
pero la nueva normatividad minera que se
cree si debería estar inspirada en el espíritu de asimilar, de modo progresivo
y creativo, nuevos métodos y tecnologías
y substancias alternativas a las
tradicionales.
El
Suelo y el Sub-suelo, el uso social
de LAS RIQUEZAS DE LA “MAMA GRANDE” Y EL PRESENTE Y FUTURO DE
Los territorios comunitarios
Imagen tomada en la Avenida 6 de Diciembre
de la ciudad de Quito (Ecuador) (fotografía de la autora, julio
de 2012).
En Colombia, ahora
cuando por vez primera en su historia se está abriendo paso la posibilidad de
remodelar el país a partir de un cambio significativo de las relaciones
sociales rurales, la construcción de paz
desde los territorios comunitarios debería iniciarse con un acto de petición de
perdón y de reconciliación con la madre tierra.
De acuerdo con los ambientalistas del Valle,
cada hora se pierden 20.6 hectáreas de
bosque natural en el país.[5]
Por todas partes emergen las insaciables ansias de ganancia agarradas al origen del generalizado fenómeno
devastador: 1. la extensión progresiva de cultivos ilícitos; 2. el incremento
desenfrenado de la ganadería extensiva que conlleva a la conversión de bosques en pastos; 3.la
construcción inadecuada de infraestructura; 4. los incendios forestales; 5.la
tala de árboles; y 6. la extracción de
modo depradador de minerales metálicos y
de hidrocarburos. Y todo ello irá, ojalá no, hasta ese temido por tantos “final del mundo”, que
no será otra cosa que el final de la Madre Tierra apuñalada por sus propios
hijos. Por ahora, a lo poco, ya
desastroso, que muestra esta imagen, estamos llegando a este próximo desierto…

Hace
ya casi 170 años que un jefe indígena
norteamericano, Seattle, le dijo al
presidente de los Estados Unidos, “solemos olvidar que nosotros no tejimos la
tela de la vida, sino que somos apenas un hilo de esa tela. Lo que le hagamos a
la tela, lo hacemos a nosotros mismos”.
Añadamos
ahora que la tela la conforman el suelo,
el subsuelo y el sobresuelo de la Madre tierra siendo allí donde tienen derecho
a habitar todas las formas de vida -seres
humanos, flora y fauna- a las que Ella les brinda una “cósmica Morada digna”. También les brinda inapreciables riquezas bajo la forma de minerales
metálicos y líquidos y gaseosos, que los seres humanos pueden y deben extraer
sin despedazar la casa común de
todos y respetando siempre el derecho de la Madre Tierra a ser siempre
la más “MIMADA Y CONSENTIDA DE TODAS LAS
MAMÁS”.
Veamos
ahora con más detalle algunos de los
apartes de lo que este valiente indígena le dijo a su presidente cuando en 1855
el décimo cuarto de los Estados Unidos, el
demócrata Franklin Pierce, les propuso a los duwamish que vendiesen sus tierras
a los colonos blancos y que ellos se fuesen a vivir en una reserva; entonces el
jefe Seatle dio respuesta con un discurso que
hoy, 170 años después, nos produce asombro por su inmensa
sabiduría:
“El
gran jefe de Washington, así inició Seattle
su misiva, nos envía un mensaje para
hacernos saber que desea comprar nuestra tierra. También nos manda palabras de
hermandad y de buena voluntad. Agradecemos el detalle, pues sabemos que no
necesita de nuestra amistad. Pero vamos a considerar su oferta, porque también
sabemos de sobra que, de no hacerlo así, quizá el hombre blanco nos arrebate la
tierra con sus armas de fuego.
Pero... ¿quién puede comprar o vender el cielo o el
calor de la tierra?
Esa idea es para
nosotros extraña. Ni el frescor del aire, ni el brillo del agua son nuestros.
¿Cómo podría alguien comprarlos? Aun así, trataremos de tomar una decisión…
Tenéis que saber que cada trozo de esta tierra es sagrado para mi pueblo. Cada aguja
de un abeto, cada playa de arena, cada niebla en la profundidad
de los bosques, cada claro entre los árboles, cada insecto que
zumba es sagrado para el pensar y sentir de mi pueblo. La savia que sube
por los árboles es sagrada experiencia y memoria de mi gente.
Los muertos de los blancos olvidan la tierra en que nacieron
cuando desaparecen para vagar por las estrellas. Los nuestros, en
cambio, nunca se alejan de la tierra, pues es la madre de todos nosotros. Somos
una parte de ella, y la flor perfumada, el ciervo, el caballo,
el águila majestuosa, son nuestros hermanos. Las escarpadas montañas,
los prados húmedos, el cuerpo sudoroso del potro y el hombre...,
todos pertenecen a la misma familia…
Es evidente que el
hombre blanco no entiende nuestra manera de ser... Os es indiferente una tierra
que otra porque no la ve como a una hermana, sino como a una enemiga. Cuando ya
la ha hecho suya, la desprecia y la abandona. Deja atrás la tumba de sus padres
sin importarle. Saquea la tierra de sus hijos y le es indiferente. Trata a su
madre -la Tierra- y a su hermano -el firmamento- COMO A OBJETOS QUE SE COMPRAN, SE USAN Y SE
VENDEN…
No sé, pero nuestra forma de ser es muy diferente de la vuestra. Quizás sea
porque soy lo que vosotros llamáis «un salvaje» y, por eso, no entiendo nada…Cuando
el último de entre mi gente haya desaparecido, cuando su sombra no sea más que
un recuerdo en esta tierra -aun entonces- estas riberas y estos bosques estarán
poblados por el espíritu de mi pueblo, porque nosotros amamos este paisaje del
mismo modo que el niño ama los latidos del corazón de su madre…
Si decidiese aceptar vuestra oferta, tendría que poneros
una condición: que el hombre blanco considere a los animales de estas tierras
como hermanos. Soy lo que llamáis «un salvaje» y no comprendo vuestro modo de
vida, pero he isto miles de búfalos muertos, pudriéndose al sol en la pradera.
Muertos a tiros, sin sentido, desde las caravanas. Yo soy un salvaje y no puedo comprender cómo una máquina humeante -el caballo de hierro- puede importar más
que el búfalo, al que solo matamos para sobrevivir. ¿Qué es el hombre sin
animales? Si todos los animales desaparecieran el hombre también moriría en la
soledad de su espíritu. Lo que le suceda a los animales tarde o temprano le
sucederá también al hombre. Todas las cosas están estrechamente unidas…
Si los hombres escupen en el
suelo, se escupen a sí mismos…Nosotros sabemos que la tierra no pertenece al hombre,
que es el hombre el que pertenece a la Tierra. Tenéis que enseñar a vuestros hijos que el
suelo que está bajo sus pies contiene las cenizas de los nuestros. Para que
respeten la tierra, contadles que la tierra contiene las almas de nuestros
antepasados. Nuestros muertos siguen viviendo entre las dulces aguas de los
ríos, y regresan, de nuevo, con cada suave paso de la primavera, y sus almas
van con el viento que sopla, rizando la superficie del lago…Sabemos una cosa
que, tal vez, el hombre blanco descubra algún día: nuestro Dios es vuestro
Dios. Podéis pensar que ahora Él os pertenece, de igual manera que hoy deseáis
que nuestras tierras sean vuestras. Pero no es así. Él es el Dios de todos los
hombres y su amparo alcanza por igual a mi gente y a la vuestra.
Consideraremos vuestra oferta de que vayamos a una
reserva. Queremos vivir aparte y en paz. No importa dónde pasemos el resto de
nuestros días. Nuestros hijos verán a sus padres sumisos y vencidos. Nuestros
guerreros estarán avergonzados. Después de la derrota pasarán sus días en la
holganza, y envenenarán sus cuerpos entre comida y alcohol. No importa dónde
pasemos el resto de nuestros días. No quedan ya muchos. Solo algunas horas -un
par de inviernos- y no quedará ningún hijo de la gran estirpe que en otros
tiempos vivió en esta tierra, y que ahora en pequeños grupos viven dispersos
por el bosque, para gemir sobre las tumbas de su pueblo. Un pueblo que en otros
tiempos fue tan poderoso y tan lleno de esperanza como el vuestro.
Será el final de
la vida y el comienzo de otra. Por algún motivo que se me escapa, Dios os
concedió el dominio sobre los animales, los bosques y los pieles rojas. Quizá
podríamos comprenderlo si supiésemos qué es lo que sueña el hombre blanco, qué
ideales ofrece a los hijos en las largas noches de invierno, y qué visiones
bullen en su imaginación, hacia las que tienden el día de mañana.
Pero nosotros somos «salvajes». Los sueños del hombre
blanco nos están vedados. Y porque nos están ocultos, nosotros vamos a seguir
nuestro propio camino. Pues, ante todo, estimamos el derecho que tiene cada ser
humano a vivir tal como desea, aunque sea de modo muy diverso al de sus
hermanos. No es mucho lo que nos une.
Consideraremos vuestra oferta...
Si aceptamos es solo por asegurarnos la reserva que
habéis prometido. Quizá, allí podamos acabar los pocos días que nos quedan,
viviendo a vuestra manera. Cuando el último piel roja de esta tierra desaparezca y su
recuerdo sea solamente la sombra de una nube sobre la pradera, todavía estará
vivo el espíritu de mis antepasados en estas orillas y estos bosques. Pues
ellos amaban esta tierra, como ama el recién nacido el latido del corazón de su
madre. Si os llegáramos a vender nuestra tierra, amadla -como nosotros la hemos
amado-. Cuidad de ella -como nosotros la cuidamos- y conservad el recuerdo de
esta tierra tal como os la entregamos”
(Y para terminar su misiva, Seattle, desesperanzado se preguntó):
¿Dónde está el bosque
espeso?: Desapareció. ¿Qué ha sido del águila?: Desapareció. Así se acaba la
vida y solo nos queda el recurso de intentar sobrevivir”.
Jefe Seattle (1855).
En la actualidad,
la Ciencia, la académica, llevada de la mano por la investigación
aplicada y por la experiencia de los saberes
populares, ha definido ya algunos de los presupuestos límites a los que
los humanos nos debemos ajustar para restablecer y no continuar rompiendo la preciosa tela de la que nos habló SEATTLE.
*** “La extracción de recursos renovables no puede exceder la
capacidad regenerativa de cada sociedad”;
*** “La contaminación no puede exceder la capacidad de
absorción”;
*** “Ni la extracción ni la contaminación pueden poner en
peligro las funciones esenciales de los ecosistemas”;
*** “EL ritmo al que se agotan los recursos básicos no renovables no puede ser mayor que al
que se agotan sus sustitutos”. [6]
Pero, como la vigencia de la
aplicación de estos principios en
el corto, mediano y largo plazo es casi imposible en sociedades y Estados cuyos Modelos
socioeconómicos constituyen una u otra versión de extractivismo crudo, lo más sano y pedagógico sería declarar de entrada que no es que
en la economía no deba haber un sector extractivista, pero que el Modelo
en si, como orientador y ordenador central de la vida colectiva, es éticamente
condenable y técnicamente perverso. Constituye
ésta la manera más adecuada y eficaz de salirle al paso a la lánguida tesis
y/o perverso imaginario de que el mundo natural, por haber llegado el ser humano a ser capaz de ponerlo tecnológicamente a su pies,
es un elemento para el provecho discrecional de los seres humanos y, sobre todo
y ante todo, para satisfacer su
insaciable apetito de ganar y ganar y reganar y volver a ganar.
Hace apenas dos semanas mientras en Chaparral-Tolima un grupo de
académicos y pobladores, auspiciados por la Plataforma Sueca Forum Syd dialogaban
sobre un uso sostenible de los recursos naturales, en Cali otro grupo similar
analizaba cómo en Colombia la Minería metálica y líquida iba perdiendo 7 a 0 en las “Consultas
Populares[7],
así.

LEYENDA BURILA EN EL PARQUE DE piedras .
el 28 de julio 2013, el
99% de los participantes votaron en contra de que “en su jurisdicción se desarrollaran actividades mineras ”, asunto
en el cual había estado empeñada la multinacional africana el Anglogold Ashanti
en procura de sacar avante el proyecto aurífero “La Colosa”, el más
grande entre los hallados en el
mundo en los últimos 10 años; aunque
en este caso, el voto fue contra la minería, en Piedras, pueblo agrícola por
excelencia, hay también suelos muy ricos en petróleo extraído de 58 pozos.
el 15 de diciembre del 2013 la comunidad local, con un 96.8% de participación, votó en contra del “proyecto de Ecopetrol ODISEA 3D a desarrollarse en 7 de sus veredas, en “zonas montañosas con importantes riquezas hídricas”; se preguntó, “Está usted de acuerdo con que se ejecuten actividades de exploración sísmica, perforación exploratoria, producción y transporte de hidrocarburos, en las veredas San José, Monserrate Alto, Monserrate La Vega, Guafal del Caja, Bendiciones, Visinaca, Lagunitas, Aguamaco, Zambo, Oso y Jaguito, donde se ubica la zona de recarga hídrica del municipio de Tauramena?.Aunque pos Constitución de 1991 ha habido 38 Consultas Populares, ésta, la de Tauromena, ha sido la primera en tener por objeto los hidrocarburos. La comunidad alegó que la zona elegida para el Proyecto ODISEA D3, que cubre cerca de 440 mil K2, era de “una riqueza hídrica fundamental para los habitantes casanereños”; por su parte, el Gerente de Ecopetrol manifestó que, aunque este proyecto era estratégico para las metas de producción, sin embargo, no iba a entrar en conflicto con la gente, no iba a pasar por encima de ella.
3.
En Cabrera-Cundinamarca[10]
el 26 de febrero de
febrero de 2017 a los miembros de la
Comunidad se les preguntó, ¿Está Ud.
de acuerdo, sí o no, con que en el municipio de Cabrera, Cundinamarca, como
Zona de Reserva Campesina,se ejecuten proyectos mineros o hidroeléctricos que
transformen o afecten el uso del suelo, el agua o la vocación agropecuaria del
municipio? El 98.5% de los votantes dijo que NO. En el municipio el más
importante proyecto en marcha sido el
de EMGESA, que busca crear ocho Mini-centrales sobre 50 kilómetros del río Sumapaz
aprovechando las condiciones geográficas por donde pasa este afluente, que es
montañoso y presenta altas pendientes por las que cae el agua. Pese a que la
empresa desarrolló asambleas informativas y en el municipio se adelantaron
cabildos abiertos para discutir el tema, la comunidad siempre se ha opuesto a este proyecto.
4.
En Cajamarca-Tolima[11]
el 19 de marzo de 2017 un sector de la población, el 97.2”,
respondió con un rotundo No a la siguiente pregunta “¿está usted de acuerdo, sí o no,
con que en el municipio de Cajamarca se ejecuten proyectos y actividades mineras?”, pronunciándose así en contra de la
multinacional africana Anglogold Ashanti, que ha alegado derechos adquiridos; esta empresa ya había recibido en
Piedras Tolima en julio del 2013 un golpe similar. En el 2002 cuando
llegó la ANGLOGOLD a Cajamarca, lo primeros que le preguntaron a la gente fue qué necesitaban obteniendo una respuesta
tajante: “NO NECESITAMOS NADA”.
el 4 de junio de 2017, a
los lugareños se les preguntó, “ ¿Está
usted de acuerdo con que en Cumaral se desarrollen actividades de sísmica,
exploración y explotación petrolera?
y en un municipio del Meta, el primer productor
del país, los votantes, en un 97.4%, de modo tajante dijeron que “NO”. !!!Queremos
chicha, queremos país, multinacionales fuera del país!!!, fue la consigna más escuchada ese día en las calles de la
población.
6.
En
Pijao-Quindío[13],
Pueblo “SIN PRISA”, el
23 de julio de 2017 a los pobladores se les preguntó, ¿Está usted de acuerdo, sí o no,
con que en el municipio de Pijao se lleven a cabo actividades y procesos
de minería de metales? y los lugareños con ‘MUCHA PRISA”, en un 97.6%,
respondieron con un rotundo NO. Este bello municipio cuenta con 23 Títulos
Mineros, que podrían cambiar la índole y
la estética montañera de un municipio con vocación agrícola.
7.
En
Arbeláez-Cundinamarca[14]
Como se habrá podido observar en todos esos siete municipios el No ganó por una
mayoría entre el 96.9% y el 99% cumpliéndose, además, los restantes requisitos
de ley. Fueron unas votaciones limpias en las que a las mesas de votación no se
acercaron, ni el histórico abstencionismo por indiferencia ni el sector
electoral signado por la “cultura del tamal y del voto pagado.” en un país
donde ha habido una constante histórica de abstención entre un 40 y un 50%. Un
positivo avance, entonces, en el difícil y complejo problema de la
génesis y arranque de una cultura
de la participación.
Pero, mientras repasábamos estos eventos, al mismo tiempo como
que “medio babiábamos” al observar las
fotos de la “Ciudad- Bosque de China”.
Las noticias destacaban que ésta- una Ciudad Bosque con 40 mil árboles para 30 mil habitantes más un millón de plantas de 100
especies distintas- absorbería de la
atmósfera 10 mil toneladas de CO2 cada año, así como 57 toneladas de aire contaminado.
El proyecto de ciudad bosque en Liuzhou, región
autónoma Guangxi, China
Entonces, para aminorar esa envidia “de la buena”, nos fuimos al
“Jardín Botánico del Quindío”, maravilloso experimento privado que todos los
municipios colombianos deberían replicar, por lo menos con sus casas llenas de
flores como Jardín-Antioquia, aunque
aquí la rabia nos pellizcó no porque nos hubiesen cobrado treinta mil precios por la entrada
por persona sino porque ese costo hacía casi inaccesible el ingreso al parque
del 80% de los quindianos.
EL MARIPOSARIO del Quindío, Calarcá, donde las maripositas se nos pegaron de las narices.
EL MARIPOSARIO del Quindío, Calarcá, donde las maripositas se nos pegaron de las narices.

Pero, volvamos a lo de las Consultas Populares. Estas serían inútiles, han dicho algunos, pues si no son vinculantes, entonces, ¿para qué? A la inutilidad se le agregarían, han adicionado otros[15], Consultas sin sustento jurídico que funcionan como un freno a los proyectos de desarrollo regional y nacional, así como la necesidad del Estado de crear más impuestos tocándole entonces a la ciudadanía asumir el dinero fiscal faltante. Pero, si se dilucidan y clarifican las tensiones e impases sobre el carácter vinculante o no de las Consultas populares se abriría una de las la puertas a una búsqueda de soluciones entre los Alcaldes, los Consejos Municipales ya implicados y las instancias nacionales abriéndose así un horizonte más claro sobre sus enormes ventajas: fortalecimiento de la democracia de participación en una etapa histórica en la que se ha agudizado la crisis de la democracia electoral; defensa de las reservas forestales, de los páramos y, por consiguiente, del agua cada día más escasa para satisfacer las necesidades de los humanos, de la flora y la fauna; abordaje directo y valiente del problema angustiante de la deforestación; defensa desde las poblaciones territoriales comunitarias de las futuras regalías acaparadas tanto en Bogotá como en los sitios de operación de las mafias locales criminales.
Los firmantes de la Constitución de 1991, que fijó los
mecanismos de la Democracia participativa, entre ellos, las consultas
populares.
Conclusiones
Pero, en este
país que, de modo leguleyo, se solaza sacralizando el
derecho, no nos podemos dejar enredar
por un asunto sobre el que el lenguaje
de la propia Constitución del 91 es limitado pues deja la impresión de que
Estado sólo es lo que se refiere al Ejecutivo Central y a sus Instancias
Superiores como si las Regiones y
Municipios no hiciesen parte íntima de su estructura y funcionamiento.
Esto en realidad de verdad, en la práctica, ha sido coherente con un Estado que, más bien poco, y
en muchos casos casi nada, ha funcionado como Estado Regional o como Estado Municipal. Ha sido por eso por lo
que se ha instituido que a los Municipios les compete el manejo del uso del
suelo y al Estado, el Central o Único, el manejo del uso del subsuelo cuando, en
lo politológico-jurídico-antropológico,
tanto lo nacional como lo regional y
lo municipal se refieren a
un único Estado en distintos niveles de presencia y de
acción territorial. Ha sido esa poco clara
distinción jurídica entre el suelo-subsuelo y las instancias para su
manejo, la que más ha enredado el debate sobre las Consultas Populares.
Más allá de lo que señalen las
Máximas Instancias Judiciales, las Cortes y Consejos Superiores, el anterior constituye un marco
funcional para proporcionarle inteligencia al asunto del carácter
vinculante de las Consultas Populares. Para comenzar, el art 103 de la
Constitución Política de Colombia
consagra la Consulta Popular entre los mecanismos de participación del
pueblo en ejercicio de su soberanía, precisando que La Ley los reglamentará y
añade,
“El estado contribuirá a la organización, promoción y
capacitación de las asociaciones profesionales, cívicas, sindicales,
comunitarias…con el objeto de que constituyan mecanismos democráticos de representación en las diferentes
instancias de participación, concertación, control y vigilancia de la gestión pública, que se
establezcan”.
Se hace claro así que la Gestión
Pública se realiza tanto el nivel
Central del Estado como en sus niveles
Regionales y Locales?
Ya constitucionalizadas
en el artículo 103, las Consultas Populares han encontrado su soporte legal más
importante en la Sentencia T445 del 2016
de la Corte Constitucional siendo, a su turno, reglamentadas por la Leyes 134 de 1994 y 1757
del 2015. Ambas leyes asumen la misma definición de la Consulta popular
como
“la institución mediante la cual una pregunta de carácter
general de trascendencia nacional o territorial
es sometida por el Presidente, el
Gobernador o el Alcalde a consideración del pueblo para que éste se pronuncie”.
Pero, la iniciativa
también puede provenir de la ciudadanía
“atendiendo al procedimiento general establecido” siendo esto lo que ha
sucedido en las últimas 7 Consultas cuya definición ha sido resultado de un acuerdo entre los Alcaldes,
los Consejos Municipales y las Ciudadanías locales. Por otra parte, el objeto
de las Consultas ha sido taxativo: o asuntos de paz o de medio ambiente o de
Empresas Públicas o ligados a la
creación de municipios, así como a la exploración sísmica y a la
perforación, exploración, explotación y transporte de hidrocarburos. Ha sido
así como se han construido los otros
soportes jurídicos de las Consultas
Populares,
En la Sentencia T445 del 016 se falla: “Los Entes territoriales
poseen la competencia para regular el
uso del suelo y garantizar la protección del medio ambiente, incluso
si al ejercer dicha prerrogativa terminan prohibiendo la actividad
minera”, que ha generado “importantes afectaciones a los derechos de
los campesinos y comunidades agrarias de nuestro país”. Por su parte, en su
artículo 8 ley 134 de 1994, en la relación con las Consultas Populares,
precisa, “en todos los casos, la decisión del pueblo es obligatoria”. Y la
ley 136 del mismo año, reza así: “Cuando
el desarrollo de proyectos de naturaleza turística o minera o de otro tipo
amenace con crear un cambio significativo en el uso del suelo, que dé lugar a una transformación de las actividades
tradicionales del municipio, se deberá
realizar una Consulta Popular”. A su vez
la ley 1757 del 2015 señala: Es vinculante “la Consulta sometida al
pueblo que haya obtenido el voto afirmativo de la mitad más uno de los sufragios válidos, siempre y cuando
haya participado no menos de la tercera parte de los electores del respectivo
censo electoral”, condiciones cumplidas, algunas con holgura, en las últimas siete Consultas Populares. Por
otra parte, a favor del carácter vinculante de estas consultas se ha
pronunciado, con sólidos argumentos analíticos, la academia de Universidades
como el Rosario y la Nacional de Bogotá.[16]
Por lo tanto, por razones constitucionales, legales y
jurisprudenciales los resultados de las Consultas Populares son obligatorios y, por lo
tanto, vinculantes y, en consecuencia, con mucho pesar por los proyectos,
algunos con ciertos beneficios, y las empresas, algunas que no todas,
arrastradas por el afán de ganancia, su accionar ha quedado en entredicho.
Se ha gestado así, una aguda tensión y un grave
impase entre dos ejes de la Acción del Estado, el central y el municipal, las Comunidades locales y las
Empresas afectadas. La situación actual se ha tornado más dificultosa dado lo
que señalamos desde un principio de este Ensayo: Como la
aplicación de los principios que en el corto, mediano y largo plazo, deben
inspirar y regular el manejo del medio
ambiente y de las reservas de aguas, es casi inviable en Estados cuyos Modelos socioeconómicos constituyen una
u otra versión de extractivismo crudo, como es el caso de la Colombia actual, lo más sano y pedagógico sería declarar
de entrada que no es que en la economía no deba haber un sector
económico de extracción minera y de hidrocarburos, pero que el Modelo en si, como orientador y
ordenador central de la vida social, es éticamente condenable y técnicamente perverso.
Ese es el contexto real desde el
cual se debe partir , el de un Estado
con un modelo extractivista ya instalado, difícilmente desmontable en el
corto y mediano plazo en una sociedad en la que hasta muchos liberales socialdemócratas de modo espontáneo
piensan, sienten y practican de modo neoliberal. De todas maneras, urge
encontrar unas salidas de carácter consensuado, pues ya están haciendo fila más de 40 municipios con las banderas de la Consulta elevadas- 25
para preguntar sobre proyectos mineros , 16 sobre problemas petroleros y 3 sobre programas energéticos- siendo los
más próximos Paujil y Marmato. Por otra parte, las Empresas castigadas por los
resultados de las Consultas han sentido afectadas su seguridad jurídica y por eso se ha dicho que el Gobierno de
Santos, a través del Ministerio del Interior, presentará un Proyecto de Ley para
re-regular las Consultas. Lo más sano sería que los Estados Central y Municipal
y los Consejos Municipales implicados
entraran a reestudiar las condiciones y circunstancias y consecuencias y modos
prácticos de operación de las empresas ya en acción, pero esto debe hacerse con
la más activa participación de las
Comunidades Locales ya consultadas en
procura de levantar una nueva ley estatutaria de las Consultas Populares que,
a partir
de lo substancial de las leyes 134 de 1994 y 1757 de 2015, precise y
delimite lo que sería una Estrategia, a corto, mediano y largo plazo, orientada a exigir, de modo progresivo, las
incorporación de métodos, tecnologías y substancias alternativas más limpias –
o, a lo mejor, meno sucias- con cada día menos riegos ambientales.
En este momento de la reflexión, importa poner sobre el mtapete
la pregunta que tantos se vienen haciendo, ¿puede o no puede la minería, en sus
distintas modalidades, ser limpia para el ambiente y se puede llevar adelante
sin riesgos ambientales?
Si se considera lo que ha venido sucediendo,
“Las tecnologías que
permiten la explotación de yacimientos son altamente contaminantes y
destructivas. La minería demanda enormes cantidades de agua que, de modo
continuo, contamina con químicos como el cianuro. El drenaje ácido y otras formas de contaminación son efectos
comprobados que a veces comienzan cuando ya se retiró la empresa y se cerró la
mina. En promedio se extrae un 0.51% de
cobre de la roca y un 0.0001% en el caso del oro. Por cada onza de oro
producida se genera un promedio de 70 toneladas de deshecho”. Es esto lo que ha
escrito Jennifer Moore agregando que sobre la explotación minera se ha generado
un mito: que ésta puede ser limpia, no contaminante y sin riegos ambientales.[17]
Por otra parte, han precisado muchos, el drenaje puede durar cientos de años
siendo particularmente grave cuando la explotación minera está ubicada en zonas de nacimiento de agua o
en la cabecera de las cuencas; como para recordar que en una mina mediana para
explotar el cobre se utilizan entre 10 y
30 mil litros de agua por día, agua que
en las Concesiones no se le cobran a las Empresas, cobro que, en nuestra
opinión, habría que empezar a cobrárseles
para empezar a hacer menos tortuosa la situación…
lo reiteramos, si se considera lo que está sucediendo, cuya
puntica nos muestra la anterior descripción, una persona responsable no puede
hacer sino lo que en los últimos meses
ha sucedido en Colombia en 7 de sus
municipios, decirle un rotundo “No” a la minería. Sin embargo, en varias partes
del mundo se han empezado a buscar métodos alternativos, como por ejemplo, ha
sucedido en algunas localidades de México[18]
donde no se otorga la Certificación Ambiental para la explotación minera si no
se prueba que se ha renunciado a la
explotación tradicional con otros métodos y, sobre todo, al empleo del mercurio
y del cianuro. También, de modo
tajante, se debe prohibir la explotación minera en zonas urbanas y suburbanas,
así como en las cabeceras de las Cuencas hidrográficas, en los sitios de nacimiento de aguas y en las
zonas por donde pasan los ríos y quebradas que proporcionan el preciso líquido
a los habitantes de los Municipios y Corregimientos. La nueva Ley también debería
contemplar, más allá de las regalías, una disposición orientada a gravar a las
Empresas Mineras con una importante suma anual orientada a financiar, en primer
lugar, la REMEDIACIÓN AMBIENTAL, así
como los “Consejos Acuíferos Municipales”
que, entre sus funciones, tendrían, la de hacerle Veeduría permanente a las Empresas activas
que en cada municipio explotan minas e
hidrocarburos.
No olvidar, por otra parte, que en Canadá una Empresa, la
Compañía Genovus, está extrayendo
petróleo sin afectar el medio ambiente: En vez de talar bosques para cavar la
mezcla de petróleo y tierra, inyecta vapor
para derretir y extraer el combustible.[19]
No es que todo esto nos vaya a llegar de la noche a la mañana,
pero la nueva normatividad minera que se
cree si debería estar inspirada en el espíritu de asimilar, de modo progresivo
y creativo, nuevos métodos y tecnologías
y substancias alternativas a las
tradicionales.
[1]
.Perez Amaya, Natalia, “LAS CONSULTAS
POPULARES DEBEN CUMLIRSE: U. DEL ROSARIO SOBRE PIJAO Y ARBELÁEZ”, www.elespectador.com, 10 julio 2017; ”LAS CONSULTAS POPULARES SÍ SON VINCULANTES”. www.unperiodico.unal.edu.co.
[2] .
Moore, Jennifer, “NO A LA MINA”, 22 DE JULIO DE 2011.
[4] .”Compañía
de Canadá extrae petróleo sin afectar el medio ambiente”, http://expansion.mx/planetacnn/2011/04/20/compania-de-canada-extrae-petroleo-sin-afectar-el-medio-ambiente
[5]
.”Cada hora se pierden 20.6 hectáreas de bosque natural en Colombia” , julio
2017, sigue.otromedio@gmail.com,
[6] .
Centeno, Julio César. “EL DÍA DE LA MADRE TIERRA”, REBELIÓN, 24-04-2017.
[7] .”LAS
CONSULTAS POPULARES SÍ SON VINCUALNTES”. www.unperiodico.unal.edu.co;
“MAPA: Los Municipios colombianos que han dicho NO a la Minería”, www.eltiempo.com, 12 julio 2017.
[9] .
MOLANO ALFREDO, “TAURAMENA DICE NO A LA EXPLORACION PETROLERA”, 15-12-2013.
[11] . tp://sostenibilidad.semana.com/medio-ambiente/articulo/cajamarca-8-cosas-que-debe-saber-sobre-la-consul
[12] .
Rubén Darío, Romero Castro, “CUMARAL DIJO ´NO’ A LA EXPLOTACIÓN MINERA EN SU
DEPARTAMENTO”, 5 JUNIO 2017.
[14] .Idem
[15] .
Héctor Alfonso, Rojas, sociólogo, “CONSULTAS POPULARES: FALSOS ARGUMENTOS EN
CONTRA Y SILENCIOS CONSCIENTES PARA DESLEGITIMARLAS”. http//mail.google.com;
[16]
.Perez Amaya, Natalia, “LAS CONSULTAS
POPULARES DEBEN CUMLIRSE: U. DEL ROSARIO SOBRE PIJAO Y ARBELÁEZ”, www.elespectador.com, 10 julio 2017; ”LAS CONSULTAS POPULARES SÍ SON VINCULANTES”. www.unperiodico.unal.edu.co.
[17] .
Moore, Jennifer, “NO A LA MINA”, 22 DE JULIO DE 2011.
[19]
.”Compañía de Canadá extrae petróleo sin afectar el medio ambiente”, http://expansion.mx/planetacnn/2011/04/20/compania-de-canada-extrae-petroleo-sin-afectar-el-medio-ambiente
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